[Pro-syso] Esta fue la propuesta de modificación al RGC

Flabian Ricci flabian65 en yahoo.com.ar
Dom Sep 5 19:24:20 ART 2010


PROYECTO DE ORDENANZA
 
 
 
 
Mar del Plata, 03 de agosto de 2010
 
Sr. Secretario de Planeamiento Urbano MGP
Arq. José Luis Castorina
S /  D.
 
 
Tenemos el agrado de dirigirnos a Usted con referencia a las reuniones que se 
vienen manteniendo en la Secretaría, a fin de elevar la propuesta  elaborada por 
un equipo formado por los Ingenieros Especialistas en Higiene y Seguridad en el 
Trabajo y Laborales integrantes del Colegio,respecto a la modificación del 
Reglamento General de Construcciones (RGC), en algunos de sus artículos.
 
Se fundamenta, nuestra propuesta en virtud del gran impulso que ha tomado la 
edificación en altura y que la misma trae aparejada mayores riesgos de caída de 
objetos a la vía pública como a predios linderos, poniendo en peligro la vida de 
las personas que transitan o viven en los mencionados predios y además resulta 
conveniente ajustar la normativa para su comprensión clara y precisa, haciendo 
necesario actualizar la reglamentación dispuesta, compatibilizándola con otras 
disposiciones vigentes.
 
Solicitamos asimismo, la necesidad de revisar, modificar y/o agregar en e! 
"R.G.C.", los nuevos requerimientos tanto legales como técnicos de la industria 
de la construcción, no contemplados en esta propuesta.
 
Las modificaciones que se proponen son las siguientes:
 
Agregar en el Reglamento General de Construcciones:
 
â€2.2.2. DOCUMENTOS NECESARIOS PARA TRAMITAR PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN…â€
 
a)  “…El permiso de construcción emitido caducará con el vencimiento de los 
plazos contractuales de los contratos profesionales por lo cual existirá un 
registro de los permisos de construcción vigentes en el “Partido de Gral. . 
Pueyrredón†a los efectos de su control…â€
 
b) En el punto 2.2.2:
Se solicita en el punto 2.2.2.1, c agregar:â€â€¦el contrato del Profesional en 
Higiene y Seguridad en el Trabajo.â€
 
c) Punto 2.2.2.1, l :†Proyecto de las medidas de Protección de la Vía Pública y 
a fincas linderas a una obra elaborado por Profesional con incumbencias y 
Contrato visado por el Colegio profesional correspondiente .â€
 
d) agregar el punto m) Programa Unico de seguridad en el trabajo según 
Resolución SRT N° 35/98.
 
2.2.2.2. OBRAS EXISTENTES (según Ordenanza 6507)
a) Las obras existentes deberán cumplimentar los requisitos exigidos en el 
apartado precedente, excepto los incisos b), f ) y g ).
b) Una (1) copia del plano de construcción, en polietileno o material similar.
c) Informe técnico del estado de obra y su estructura resistente visado por el 
Consejo Profesional correspondiente.
d) Libre Deuda Previsional, visado por el Colegio Profesional correspondiente.
e) Solicitud de Inspección Final, visada por la  Dirección de Rentas de la 
Provincia de Buenos Aires.
 
2.2.2.3. DEMOLICIONES
a) Solicitud de demolición con sus visados y sellado correspondientes.
b) Dos (2) fotografías del frente de la finca a demoler, en tamaño 12 x 19 cm.
c) Certificado de Desratización.
d) Un (1) plano original en papel vegetal.
e) Tres (3) copias de planos en papel heliográfico.
f) Contratos profesionales visados por Colegio Profesional correspondiente 
incluyendo el contrato de Profesional en Higiene y Seguridad  en el Trabajo por 
el plazo de duración de la obra (visados por el Colegio Profesional 
correspondiente ) .
g) Proyecto de las medidas de Protección de la Vía Pública y a fincas linderas a 
una obra, realizado por Profesional con incumbencias y contrato visado por el 
Colegio Profesional correspondiente
h) Programa Unico de seguridad en el trabajo según Resolución SRT N° 35/98
 
 
 
“4.15.5 PROTECCION DE LA VIA PUBLICA Y A FINCAS LINDERAS A UNA OBRA.
 
En toda obra se colocarán protecciones para resguardar de eventuales caídas de 
materiales a la vía pública y a las fincas linderas.
 
Estas protecciones tendrán las siguientes características:
 
1. Bandeja de protección sobre la acera:
 
Cuando la fachada principal se halle en coincidencia con la Línea Municipal o 
bien retirada de ella hasta 3m., al ejecutarse la estructura sobre el primer 
piso y a una altura no mayor de 6m. será obligatoria la colocación de una 
bandeja de protección sobre la acera, la que se extenderá horizontalmente desde 
la fachada hasta una distancia de 0,50 m. del filo exterior de la calzada. En 
avenidas será de un ancho de la mitad de la vereda con un mínimo de 3 m. Esta 
bandeja no afectará a los árboles de la acera ni las instalaciones del servicio 
público.
Los puntales o soportes verticales se colocarán a una distancia de 0,50 m. del 
cordón de la calle, no pudiéndose colocar otros intermedios que dificulten el 
tránsito peatonal. Esta bandeja llevará un borde perpendicular en su filo 
exterior y de una altura mínima de 1 m desde el plano de la bandeja.
 
Todo el cálculo se hará en base a considerar una sobre carga mínima de 100 Kg. 
por metro cuadrado (CIRSOC 101)  y una flecha máxima de 2 mm. para edificaciones 
de hasta 9 m de alto.
 
Para alturas superiores de la edificación la misma se ajustará al Proyecto de 
las medidas de Protección de la Vía Pública y a fincas linderas a una obra 
(punto 2.2.2.1, l RGC (Agregado) 

 
Las bandejas serán construidas con chapas metálicas, madera o materiales de 
similar resistencia mecánica, sólidamente armadas y de forma tal que impida la 
caída de materiales, objetos o polvo proveniente de la obra. En el caso que se 
utilice madera o material similar, toda la bandeja en su parte superior deberá 
recubrirse con chapa metálica conformada perfectamente fijada a la bandeja, que 
asegure que ante la caída de un objeto, la misma no pueda ser perforada.
 
Las características técnicas finales de la mencionada bandeja, surgirán de un 
proyecto con su calculo estructural que se deberá presentar en el 2.2.2.1, L del 
RGC , junto con el proyecto de la obra.
 
El retiro de la bandeja se producirá cuando quede totalmente terminada la 
fachada por sobre la misma.
 
2. Bandejas de protección a linderos:
 
Todo predio lindero a una obra en construcción, deberá ser protegido con una 
bandeja de características constructivas y resistentes similares a la anterior, 
de un ancho no inferior a 2,50 m. respecto del plano vertical que conforma la 
fachada y a una altura no inferior a los 6,00 m. medidos respecto del suelo y se 
retirará solo cuando quede totalmente terminada la fachada por sobre la misma.
 
3. Bandejas en pisos superiores.
 
Por encima de la protección permanente especificada e Independientemente de la 
protección a linderos, fijada en el inciso anterior, es obligatoria la 
colocación de una  bandeja de protección cada tres niveles por debajo del de 
trabajo al de trabajo y como máximo hasta 9,00 m. de éste, de 2.5m de ancho 
total, la que llevará un borde  a 45° en su arista exterior de una altura mínima 
de 0,50 m. desde el plano de la bandeja y en todo el perímetro de la obra, en 
edificios de más de tres niveles de alto, dicha bandeja reunirá las condiciones 
constructivas detalladas en los incisos precedentes, a excepción de la 
colocación de la chapa protectora. Esta protección será colocada de acuerdo con 
el progreso del edificio, no permitiéndose trabajar en muros al exterior cuando 
falte entendiéndose por trabajo a todas las tareas que sea  inherente a la 
construcción. 

 
4. Protección contra proyecciones.
 
Se deberá colocar obligatoriamente en todo el perímetro de la obra una red 
protectora vertical tipo RascheI o de similares caracteristicas de dimensiones y 
resistencia, de 10 mm(5x5) que cubra desde el plano superior de la bandeja 
protectora sobre plantabaja hasta el nivel superior de la construcción 
manteniéndola en todo momento  durante el avance de la obra.
 
Las características técnicas de la red, la forma de colocación, sus fijaciones y 
el avance de la misma durante las distintas etapas de la construcción del 
edificio estarán debidamente explicitadas en el Proyecto de las medidas de 
Protección de la Vía Pública y a fincas linderas a una obra, punto 2.2.2.1, l 
RGC( Agregado) 

 
El retiro total o parcial de esta red se producirá cuando quede totalmente 
terminada la fachada por sobre la misma 

 
5- Uso de andamios colgantes (“balancinesâ€)
 
Para el caso de uso de andamios colgantes se mantendrá libre de obstáculos la 
trayectoria de recorrido  de los mismos quitando en forma temporaria las sección 
de cada una de las bandejas afectadas reponiéndose las mismas hasta terminado el 
frente de trabajo  con andamio colgante.
Siempre deberá contar por detrás del mismo y hacia la vía pública o lindero con  
la red protectora especificada en el punto 4.
Todos los andamios colgantes que se utilicen durante la ejecución de la obra 
deberán tener incorporado, aparte del sistema de suspensión convencional, un 
sistema de seguridad que se acciona anti caídas (1) y  cables guía (2).
 
(1) Sistema anti caídas  tipo Blocstop fijados en ambos laterales extremos de la 
plataforma por el cual correrán los cables de seguridad anclados a puntos fijos 
en los extremos superiores, para que en caso que alguno o ambos cables de 
suspensión convencional falle, la plataforma quede suspendida. 

 
(2) Los cables guía son los cables que asegurados en la zona superior e inferior 
del recorrido mantienen sin movimientos transversales el andamio.
 
6- Uso de andamios (prefabricados o estructuras de caños)
 
En el caso de uso de andamios simplemente apoyados se deberá mantener la bandeja 
en planta baja y bandejas en pisos superiores donde no se armen los mismos.
A esta estructura de andamio se deberá fijar la red protectora vertical con las 
características especificadas anteriormente.
 
En el caso de uso de andamios fijos en la fachada principal se habilita la 
posibilidad de colocar un parante más en la bandeja sobre la acera. 

 
 
 

Sin otro particular saludamos a Usted atte.


      
------------ próxima parte ------------
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